Violencia digital.

 




Mónica Maydez.

“Cada vez que alguien comparte contenido íntimo de una persona que no lo permitió es como una violación. A mí no me penetraron, pero me estaban violando, porque utilizaban mi cuerpo. Digitalizado, sí, pero mi cuerpo al fin“. –Olimpia Coral

 

Recalcar que las violencias que se ejercen en contra de las mujeres es importante hasta dejar de normalizar actos violentos. Con la pandemia y la modernidad, llega a nosotras un medio donde, el patriarcado también se ha encargado de violentarnos: La violencia digital.

Para atacar dicha violencia se ha aprobado en nuestro país una serie de reformas legislativas penales que reconocen y sancionan la ciberviolencia.

El artículo 181 Quintus de nuestro Código Penal local expone quién será aquel que cometa el delito contra la intimidad sexual: “Quien videograbe, audiograbe, fotografie, filme o elabore, imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño o bien, quien exponga, distribuya, difunda, exhiba, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie y comparta imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico”.

Últimamente se ha puesto de moda pasar los “packs” entre jóvenes y no tan jóvenes, otras personas que los ofrecen a precios injustos, porque la intimidad de una persona no tiene precio, otros más los intercambian en grupos específicos para ello, etc. Todo esto, gracias a la Ley Olimpia, hoy es punible y la víctima puede denunciarlo.

Estos packs se caracterizan por contener archivos digitales de mujeres u hombres posando con poca o sin ropa y con actitudes sensuales. La pena privativa de libertad va de cuatro a seis años de prisión.

Estas penas se agravan cuando haya existido una relación entre víctima y victimario, tal como matrimonio, noviazgo, concubinato, relación docente, educativa, laboral, cualquier relación sentimental. ¿Acaso no es común que muchos de ellos tomen venganza en contra de su ex pareja y difundan material íntimo?

Es importante que no se dejen grabar durante actos íntimos y que no se dejen chantajear, pues dejarse grabar para nada es un acto honesto para pedir la demostración de confianza o amor.

La Ley de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México, también nos define la violencia digital, a saber: “Cualquier acto realizado mediante el uso de materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales, plataformas de internet, correo electrónico, o cualquier medio tecnológico, por el que se obtenga, exponga, distribuya, difunda, exhiba, reproduzca, transmita, comercialice, oferte, intercambie y comparta imágenes, audios o vídeos reales o simulados de contenido sexual íntimo de una persona, sin su consentimiento; que atente contra la integridad, la dignidad, la intimidad, la libertad, la vida privada de las mujeres o cause daño psicológico, económico o sexual tanto en el ámbito privado como en el público, además de daño moral, tanto a ellas como a sus familias”.

Además, como protección a la víctima, la querella podrá presentarse vía electrónica. Es importante saber que las leyes nos protegen. Esta Ley fue impulsada por Olimpia Coral al ser víctima de este tipo de violencia y de sus consecuencias que la llevaron al suicidio fallido en varias ocasiones.

Quizá seas una persona que no comparte packs y que tampoco pides a tu novia que se deje grabar, pero el hecho de que des "like" a las fotos y vídeos o los comentes, te hace cómplice.

La intimidad es algo que no podemos andar difundiendo es, precisamente, algo inviolable que solo se disfruta con una persona, aquella que se ha ganado tu plena confianza. Aquel que te pide vídeos haciendo posiciones sexuales, no es alguien que merezca tu confianza.

Por otro lado, practicar sexting no está prohibido, tú puedes realizarlo con quien quieras, lo ilícito llega cuando la otra persona difunde, sin tu autorización, ese material. Tener una vida sexual online segura, es algo que nos deben enseñar las instituciones. Al final, cada una decidimos cómo y con quien desarrollar nuestra vida sexual. Recuerda “Lo virtual es real”.

Así también se sanciona el acoso y el hostigamiento en redes sociales o diversas plataformas de internet. Como mujeres debemos estar alertas y alertar a nuestras compañeras.

Para realizar la denuncia en la CDMX puedes contactar a la Policía Cibernética en la Ciudad de México. En el Estado de México, a través de la Secretaría de Seguridad del Estado de México en la Unidad de Prevención e Investigación Cibernética.

Difundir lo privado es ofrecer un cuerpo que no te pertenece. Las repercusiones en las víctimas van desde bullying social y/o cibernético; hasta el suicidio, pasando por agresiones, ataques verbales, físicos o sexuales, depresión, ansiedad, miedo, angustia, aislamiento, etc.

En mi opinión como abogada y especialista en violencia de género, este delito también constituye un feminicidio cuando se consuma el suicidio, ya que se produce como resultado de un acto de extrema violencia, la exposición del cuerpo, la intimidación a manos de un hombre  misógino cuya intención es destruir[1] a esa mujer.

 


[1] La intención, al ser un acto subjetivo, no se puede constatar; sin embargo, cuando un hombre difunde material íntimo de una mujer, no lo hace precisamente para hacerla famosa y, entonces, la intención queda al descubierto.   

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